Época: América 1550-1700
Inicio: Año 1550
Fin: Año 1700

Antecedente:
La hacienda del Rey



Comentario

No hubo impuestos directos a las transferencias de bienes. Uno indirecto fue el papel sellado en que se realizaban, cuyo valor subía en consonancia con el de la transacción. La legalización de las ocupaciones ilegales de tierra, las famosas composiciones de las que hablaremos más adelante, fueron en cambio un gran fuente de ingresos. La Corona se quedaba, además, con los bienes ab intestato o procedentes de un difunto que no hubiera nombrado testamento y no tuviera herederos legítimos hasta el décimo grado de parentesco, y los mostrencos o sin dueño conocido.
Mayor negocio se hizo con los cargos públicos, gravados con la mesada o el pago de un mes de sueldo para la real hacienda en el momento de tomar posesión, y luego con la media annata o medio año del sueldo que se iba a cobrar. Otra regalía de la Corona fueron las sedes vacantes episcopales, de las cuales ingresaba el tercio de sus rentas. En México, los impuestos de medias annatas, oficios vendibles y renunciables, títulos de Castilla, quintas y vacaciones, vacantes de obispados, canónigos suprimidos, etc. producían frecuentemente el 15% de la recaudación. Pero nada semejante a la venta de cargos públicos, tema que trataremos luego, que permitió ingresar sumas verdaderamente astronómicas. Nada bastó sin embargo para detener la permanente quiebra de la Real Hacienda, lo que condujo durante el reinado de Carlos II a rebajar un tercio el sueldo a los funcionarios.

La Real Hacienda se reservó finalmente la producción o comercialización de algunos productos esenciales (azogue, sal, salitre, etc.) o de lujo (pimienta, naipes), que formaron las llamadas Rentas Estancadas, administradas por los funcionarios reales. La gran época de las rentas estancadas sería el siglo XVIII.